
Es
importante resaltar que aquellas personas que desde este martes incurran en los
comportamientos contrarios a la convivencia, tendrán que pagar los siguientes
montos, conforme el tipo de multa que corresponda:
• Multa Tipo
1: $98.362. (algunos ejemplos: no recoger los excrementos de la mascota,
obstruir por cualquier medio la ciclorruta y ocupar el espacio público con
violación de las normas vigentes, entre otros).
• Multa Tipo
2: $196.724. (algunos ejemplos: agredir, irrespetar o desafiar a la autoridad
policiva, iniciar una riña que pueda derivar en agresión física; portar armas,
elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas
comunes o lugares abiertos al público; trasladar caninos de raza peligrosa sin
bozal, correas y demás elementos establecidos, entre otros).
• Multa Tipo
3: $393.499. (algunos ejemplos: consumir bebidas alcohólicas o sustancias
prohibidas en establecimientos educativos o realizar actos sexuales en espacio
público, entre otros).
• Multa Tipo
4: $786.898. (algunos ejemplos: realizar necesidades fisiológicas en espacio
público, arrojar basuras en espacio público o hacer mal uso de las líneas de
emergencia, entre otros).
Cuando un
efectivo de la Policía Nacional conozca un caso que esté afectando las buenas
relaciones ciudadanas y vea necesaria la aplicación de una medida correctiva,
entregará una orden de comparendo en un formato físico establecido a la persona
o las personas que tengan comportamientos contrarios a la convivencia.
Hay que
destacar que las multas de tipos 1 y 2 ofrecen a los ciudadanos la posibilidad
de conmutarlas por otras medidas correctivas, como la participación en
programas comunitarios (como jornadas de ornato y embellecimiento) o en
actividades pedagógicas, que consisten en la participación en programas
educativos determinados y desarrollados por las alcaldías distritales o
municipales. Lo anterior debe hacerse dentro de los cinco días hábiles
posteriores a la orden de comparendo.
Así mismo,
las multas tipos 3 y 4 pueden llegar a tener un descuento del 50 por ciento,
siempre y cuando los ciudadanos la cancelen dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la imposición de la orden de comparendo en las cuentas que para
este efecto tengan dispuestas las administraciones distritales y municipales.
Pero además, se brinda la posibilidad de tener un descuento adicional del 25
por ciento siempre y cuando se solicite a la autoridad de Policía competente
que se les permita participar en programas o actividades pedagógicas de
convivencia.
Si
transcurridos seis meses desde la fecha de imposición de la multa esta no ha
sido cancelada con los intereses respectivos, la persona no podrá:
1. Obtener o
renovar permiso de tenencia o porte de armas.
2. Ser
nombrado o ascendido en cargo público.
3. Ingresar
a las escuelas de formación de la Fuerza Pública.
4. Contratar
o renovar contrato con cualquier entidad del Estado.
5. Obtener o
renovar el registro mercantil en las cámaras de comercio.
'Los
ciudadanos, la Policía Nacional, los inspectores de policía, las autoridades
distritales y municipales y demás autoridades con facultades de policía,
cuentan con un escenario eficaz para promover de manera conjunta valores como
la solidaridad, el respeto, la tolerancia, la sana convivencia, la cultura
ciudadana y la resolución de conflictos de manera pacífica': Luís Carlos
Villegas ministro de Defensa.
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