Se realizó un operativo de control y sensibilización a los niveles de ruido que se generan por la actividad comercial de la calle 85 y parque de los Hippies, ubicados entre las calle 60 y 59 y carreras 9 y 13.
Durante la jornada se visitaron más de 12 establecimientos para verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental en materia de ruido, además, sensibilizar a los propietarios y administradores para recordarles la importancia de mantener las condiciones adecuadas y una buena condición acústica de los lugares.
LO QUE PASA EN CHAPINERO
Debido al ruido generado en el
desarrollo de actividades comerciales de las discotecas, bares, clubes y
establecimientos de comercio que se encuentran ubicados entre las Calles 84 y
85, entre carreras 11 y 15, existe la Acción Popular 2015-00072, que busca
proteger los derechos colectivos a un ambiente sano en la localidad.
Los establecimientos que incumplan la
normatividad en materia de ruido se les abrirá un proceso sancionatorio y se
exponen a la imposición de multas diarias de hasta 5.000 salarios mínimos
legales vigentes, como lo establece la Ley 1333 de 2009.
LA SENSIBILIZACIÓN
“Hemos hecho operativos de control y
sensibilización a más de 12 gastrobares, bares y establecimientos de comercio.
Hemos revisado la emisión de ruido y el posible incumplimiento a las normas.
Estamos levantando una serie de informes técnicos a través de los cuales,
después de una serie de rigurosos análisis, determinaremos si estos
establecimientos están incumpliendo o no las normas de carácter ambiental en
materia de ruido”, indicó el director de Control Ambiental, Camilo Rincón.
Una vez levantadas las restricciones que
se habían impuesto por causa de la pandemia a los bares, gastrobares y centros
nocturnos, se han realizado seis operativos en materia de medición y evaluación
de emisión de ruido en Chapinero. La Secretaría de Ambiente, articulada con su
par de Gobierno, implementan estrategias de inspección, vigilancia y control
para que los establecimientos cumplan la norma y no superen los límites
permisibles.
Entre 2020 y 2021 la autoridad ambiental
de Bogotá ha impuesto 25 multas que alanzan una suma superior a los 200
millones de pesos a establecimientos que incumplieron la normatividad ambiental
en materia de ruido.
LOS NIVELES DE RUIDO PERMITIDOS
Según la Resolución 0627 de 2006, del
Ministerio de Ambiente, para las zonas con uso permitido de bares,
restaurantes, tabernas, discotecas, bingos y casinos deben cumplir con los límites
de ruido de 70 decibeles dB(A) en el día y de 60 dB(A) en la noche.
Recomendaciones para bajarle al ruido
- Antes de iniciar actividades, verifique que el predio tiene uso del suelo permitido para dicho fin.
- Implemente acciones de mitigación y control de ruido en su establecimiento (insonorización), sin dejar a un lado la ventilación.
- Recuerde que el uso de los altavoces para amenizar el espacio debe realizarse dentro del establecimiento y de forma moderada (sin exceder los límites permitidos).
- En caso de que requiera una planta eléctrica para el desarrollo de su actividad, asegúrese de que esté aislada acústicamente.
- Recuerde que el perifoneo con fines comerciales está prohibido.
- El uso de altavoces o parlantes en espacio público está prohibido.
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