El Consejo de Estado negó una acción de tutela a un ciudadano que buscaba que el presidente Iván Duque decretara el Estado de excepción y negociara con él la cura contra la Covid-19 y otras enfermedades.
El ciudadano elevó la solicitud de declarar el Estado de excepción para que el Ejército pudiera patrullar y controlar el orden público en ciudades y zonas rurales del país y pidió que negociaran con él la adquisición por parte del Gobierno de estos mecanismos de inmunización o tratamiento médico.
LAS PRETENSIONES
Lo primero que pidió el ciudadano fue en
el marco del Estado de Sitio el Ejército a patrullar las calles y a las veredas,
“y evite la muerte de personas inocentes, a quienes primero los asesinan y
luego los roban, sin tener en quien confiar” expresó el ciudadano, agregando
que “el gobierno nada hace al respecto, estando el ejército nacional en pie
para proteger a los débiles”.
El accionante considero que el
presidente de la República “hoy maneja todo el presúmete de la nación, y puede
hacer todo lo que él quiera, legislando a su antojo, pero sometido a la
Constitución y a la ley.”
En otro aspecto, el ciudadano expresó que
quiere que se negocie con él sobre la cura de la pandemia del Covid 19 y otras
enfermedades “ya que yo tengo la cura tanto del cóvid 19 con medicinas de la
tierra, y tengo la cura del cáncer, el sida, la leucemia, la migraña, la
drogadicción, la ceguera, la parálisis, el mal de parkinson, etc., etc., con
medicinas del cielo, y en una hora, con el poder de Dios. Médicos, la medicina
cambió…..especialmente para los creyentes…”(Sic).
Otra de las solicitudes es que se ampare
a él y a su familia y “a todos los habitantes de las ciudades, y a los
indígenas, y a los campesinos para que no los desplacen, y los obliguen a irse
a las ciudades a robustecer la miseria humana uniéndose a los que mendigan pan,
por falta de un gobierno justiciero que emplee los postulados de la Carta
Constitucional y nos de vivienda y abrigo, y salud, y paz y seguridad, y ayude
a los sabios a hacerse más sabios para curar toda enfermedad y dolencia en una
hora….como lo ordena la Carta Magna.”
Finalmente el accionante exigió que cese
por completo “la mortandad en la ciudades, de gentes inocentes, y que el
gobierno como jefe supremo de la fuerza armadas, saque el ejecito a patrullar
las calles para ayuda da la policía y cuidar a la policía que es víctima del
atropello de los delincuente quien no la respetan, y asesina a los policías y
soldados en forma inmisericorde”. (Sic).
LA RESPUESTA DEL TRIBUNAL
El Consejo de Estado negó la demanda sosteniendo
que la acción de tutela no es el mecanismo instituido legal y
constitucionalmente para que el presidente y sus ministros se vean abocados a
declarar el estado de excepción solicitado por el demandante, como mecanismo
para mantener el orden público en las ciudades y las áreas rurales.
Frente a la negociación de la vacuna, la
alta corte precisó que el Ministerio de la Protección Social ya le informó al
actor qué procedimiento debe adelantar ante el Instituto Nacional de Vigilancia
de Medicamentos y Alimentos (Invima), siguiendo los parámetros de la guía para
la presentación de evaluación farmacológica para usos no incluidos en el
registro sanitario.
Como no hay evidencia de que el accionante hubiere agotado este mecanismo, no hubo lugar a considerar que exista una vulneración a sus derechos, señaló la corporación judicial.
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