Luego de que un juez condenara a Lula a nueve años de prisión por presunta participación en dos casos de corrupción, un tribunal extendió la pena a doce años, impidiéndole participar en los comicios presidenciales de 2018 pero en 2021 el Tribunal Supremo anuló la sentencia por parcialidad del magistrado del caso.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU
aseveró este jueves que la investigación y el enjuiciamiento del expresidente
brasileño Luiz Inácio Lula da Silva violaron su derecho a ser juzgado por un
tribunal imparcial, su derecho a la privacidad y sus derechos políticos.
EL INFORME DEL ORGANISMO
El Comité presentó este jueves sus
conclusiones sobre la denuncia presentada por el ex mandatario sobre cómo fue
llevado a juicio en la investigación de corrupción más grande de la historia de
Brasil.
Los expertos del Comité reconocieron la
obligación de los Estados de indagar y enjuiciar a los funcionarios públicos
independientemente de su jerarquía, pero subrayaron que estas averiguaciones
deben realizarse dentro del marco de la ley.
Lula da Silva fue presidente de Brasil
de 2003 a 2010. En 2016 se le investigó por supuesta participación en dos casos
de la “Operación Lava Jato”, una amplia indagación criminal que destapó la
corrupción entre la empresa estatal de petróleo y gasolina, Petrobrás, varias empresas
constructoras y políticos brasileños para obtener fondos secretos de campaña.
La investigación estuvo a cargo del ex juez federal en lo Penal Sergio Moro.
Escuchas y arresto
Durante las pesquisas, Moro aprobó una
solicitud del fiscal para intervenir los teléfonos de Lula, de su familia y su
abogado, divulgando el contenido de las escuchas telefónicas a los medios de
comunicación antes de formular cargos formalmente.
El ex magistrado también emitió una
orden judicial de detención a Lula para interrogarlo. La orden se filtró a la
prensa, lo que dio lugar a fotografías de Lula que lo hicieron aparecer como si
estuviera arrestado. El Comité explicó que la orden de arresto violó la ley
interna y el derecho a la libertad personal de Lula y que las escuchas
telefónicas y la divulgación de sus conversaciones al público violaron su
derecho a la privacidad.
“Los Estados tienen el deber de
investigar y enjuiciar los actos de corrupción y de mantener informada a la
población, especialmente cuando se trata de un exjefe de Estado; sin embargo,
tales acciones deben llevarse a cabo de manera justa y respetar las garantías
del debido proceso”, dijo Arif Bulkan, integrante del Comité.
Sentencia
Luego de los abusos que condujeron al
arresto del ex presidente, en julio de 2017 Moro lo condenó a nueve años de
prisión y en enero del año siguiente, el Tribunal Regional Federal extendió la
sentencia a doce años. Con apelaciones pendientes de dictamen, Lula empezó a
cumplir la pena en abril de 2018.
Ese mismo año, el Tribunal Superior
Electoral rechazó la candidatura de Lula da Silva a los comicios presidenciales
de octubre puesto que la legislación del país impide que cualquier persona
condenada por ciertos delitos y bajo ciertas condiciones pueda postularse para
un cargo público, incluso si hay recursos pendientes. El actual presidente de
Brasil, Jair Bolsonaro, ganó esas elecciones.
La condena de Lula fue anulada en 2021
por el Tribunal Supremo Federal, que consideró que el ex juez Moro no tenía
competencia para investigar y juzgar los casos. Derogó asimismo la
investigación sobre la base de que el exmagistrado no se consideraba imparcial.
VIOLACIONES SIN REPARACIÓN
El Comité de Derechos Humanos señaló que
si bien el Tribunal Supremo Federal anuló la condena y el encarcelamiento de
Lula en 2021, “estas decisiones no fueron lo suficientemente oportunas ni
efectivas para evitar o reparar las violaciones”.
Para los expertos, la conducta y otros
actos públicos del ex juez Moro violaron el derecho de Lula a ser juzgado por
un tribunal imparcial y sus actuaciones y declaraciones públicas, al igual que
las de los fiscales, violaron el derecho del ex mandatario a la presunción de
inocencia.
Además, el Comité consideró que estas
violaciones de procedimiento hicieron que la prohibición de Lula de postularse
para la presidencia fuera arbitraria y, por lo tanto, transgrediera sus
derechos políticos, incluido el de postularse a un cargo.
Finalmente, el Comité instó a Brasil a garantizar que cualquier otro proceso penal contra Lula da Silva cumpla con las debidas garantías procesales y que no permita violaciones similares en el futuro.
0 Comentarios
El Observador Siglo XXI no se hace responsable por el contenido de los comentarios. Este es un espacio de libre opinión, amablemente solicitamos por favor compartirla con respeto.