La norma había sido objeto de una demanda en ejercicio de la acción de nulidad que presentó una ciudadana contra la expedición del decreto 1378 del 2009 por parte del ministro del Interior y de Justicia.
En ejercicio de funciones presidenciales delegatarias, la suscripción del acto administrativo se había dado bajo la irregular atribución de tales funciones, propias de la jefatura del Estado.
DETALLES DE LA QUEJA CIUDADANA
Además, la mujer sostuvo que el Gobierno
no tenía competencia para regular la habilitación de estos centros de
enseñanza. Alegó que dicha regulación ya había sido fijada en una norma
anterior y que la verificación de las plantas físicas de estos establecimientos
atribuida al Ministerio de Transporte para habilitarlos ya era ejercida por las
secretarías de Educación de municipios y distritos.
Adicionalmente, la alta corte advirtió
que, si bien las secretarías de educación distritales y municipales están
facultadas para verificar las condiciones de las plantas en las que operen
estos centros, ello no impide que el Ministerio de Transporte pueda vigilar el
cumplimiento de los requisitos existentes en esa materia.
OTROS PRONUNCIAMIENTOS
El máximo tribunal de lo contencioso
administrativo se pronunció de fondo sobre otros aspectos de la demanda y
concluyó que diferentes normas de origen legislativo evidencian que el
Gobierno, a través de los ministerios de Transporte y Educación, sí tenía
competencia para reglamentar lo concerniente a la capacidad legal de los
centros de enseñanza automovilística para prestar sus servicios, lo que incluye
el poder establecer los requisitos y procedimientos para habilitarlos.
Para la alta corte, la interpretación
sobre esta competencia no puede reducirse a la lectura literal sobre la
constitución y funcionamiento de los establecimientos, sino que comprende la
generalidad de las condiciones para que estos operen.
Frente a otros cargos formulados por la
parte actora, el Consejo de Estado consideró que ya habían sido juzgados en
otra providencia judicial y ordenó estarse a lo resuelto en la sentencia con
número de radicación 11001032400020090057300, que profirió la Sección Primera
del Consejo de Estado el 21 de enero de 2021.
Sobre la nulidad del Decreto 1378 de 2009, por medio del cual se delegaron funciones presidenciales al entonces ministro del Interior y de Justicia, el Consejo de Estado se inhibió de estudiarlo, por haber una indebida acumulación de pretensiones.
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