Por primera vez, una autoridad judicial reconoce que en Colombia existe un marcado patrón de violencia en línea, ejercido en redes sociales, sobre todo contra mujeres periodistas.
La Fundación Para la Libertad de Prensa (FLIP) valora de manera positiva esta decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca de mayo 26 de 2022, la cual además estableció que el Consejo Nacional Electoral (CNE) y los Comités de Ética pueden sancionar a partidos y movimientos políticos y líderes políticos, respectivamente, por utilizar o permitir este tipo de violencia para el ejercicio de la participación política y electoral. Ambos deben, conforme a sus competencias, adoptar los correctivos pertinentes en aras de cesar este tipo de violencia.
LA HISTORIA
En octubre de 2020, la FLIP interpuso
una acción de tutela, en representación de nueve comunicadoras, en la que se
exponía el problema de la violencia en línea contra mujeres periodistas por
parte de actores políticos.
Estas acciones tuvieron un impacto
negativo sobre la libertad de expresión e inhibieron la participación de las
periodistas. Indistintamente de su origen y de sus líneas editoriales, todas
sufrieron ataques en línea que fueron difundidos y alentados por líderes
políticos, como represalia a su oficio; las agresiones buscaban desacreditar su
trabajo.
Esta violencia en línea y de género, fue avalada por la pasividad de
movimientos y partidos políticos y del CNE, que no adoptan medidas tendientes a
sancionar y excluir este tipo violencia.
CINCO DETERMINACIONES CLAVES
En su decisión, el Tribunal
Administrativo de Cundinamarca reconoce que la violencia en línea es un
fenómeno que, de forma creciente, afecta la privacidad y seguridad de las
mujeres periodistas. El tribunal reconoció que esta violencia en línea se
produce mediante el “uso inadecuado e irresponsable de las redes sociales,
especialmente en el ejercicio de la actividad política”.
En segundo lugar, indica que las
agresiones en línea siguen un patrón en donde los comentarios de líderes y
figuras políticas son determinantes en su amplificación.
Seguidamente aclara la ruta para
denunciar los actos de violencia de actores políticos. Explicó que no existe un
mecanismo especial para denunciar la violencia en línea de actores políticos
pero que se puede reportar a través del derecho de petición. La ciudadanía y la
prensa pueden acudir a los comités de ética de los partidos y movimientos
políticos y del CNE, respectivamente, las faltas de los integrantes de dichas
organizaciones políticas y aquellas cometidas por los partidos y movimientos
políticos, cuando se advierta que han asumido una actitud permisiva respecto al
uso o incitación a la violencia en línea.
De otra parte establece que el CNE y los
comités de ética tienen competencia para sancionar a partidos y movimientos
políticos y a sus afiliados, respectivamente, y deben adoptar un papel más
proactivo en aras de prevenir y sancionar la incitación de la violencia en
línea en ejercicio de la actividad política.
Finalmente, dispone diversas medidas
para prevenir que las redes sociales de miembros y afiliados a partidos
políticos, se conviertan, amparados en una falsa legitimación del ejercicio de
la actividad política, en instrumentos de violencia contra la mujer periodista.
TRIUNFO DE LOS DERECHOS
Esta decisión se convierte en un
importante precedente y sienta las bases para abordar el fenómeno de la
violencia en línea, que impacta de manera diferencial a periodistas mujeres, y
que, además, se incorpora dentro de la actividad política y pone en riesgo la
participación de las mujeres en espacios públicos y la vida democrática.
Esto ha sido condenado recientemente por
parte de los Relatores y Expertos de Libertad de Expresión. La violencia contra
la prensa como parte de la actividad electoral tiene un efecto inhibidor
directo sobre el debate público.
La garantía de espacios seguros donde
las mujeres puedan participar libres de violencia podrá ser desarrollada en
mayor medida por la Corte Constitucional, que decidirá el caso en sede de
revisión.
La Corte ya conocía del caso, pero
declaró la nulidad de lo actuado en febrero, por lo que el Tribunal
Administrativo de Cundinamarca decidió en primera instancia de nuevo. Ahora, la
Corte deberá retomar el caso que fue seleccionado para revisión desde el 29 de
junio de 2021.
La FLIP esperar que en su decisión, la
Corte dé lineamientos concretos para que partidos, movimientos políticos y las
autoridades electorales respondan de forma concreta a las necesidades actuales.
Además de la violencia en línea con un
componente de género, existe un riesgo de uso de discurso de odio y una
narrativa negativa contra la prensa, que es impulsada por mensajes de líderes
políticos y funcionarios públicos en sus redes sociales.
Esto ha generado un efecto cascada que ha afectado al gremio periodístico en general y a la ciudadanía cuando se informa y opina a través de espacios digitales. Resulta urgente que se adopten medidas para garantizar las condiciones óptimas para la participación y deliberación libre de violencia.
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