En sala plena fue aprobada el pasado abril 26 una resolución que confirmó el amparo parcial pero negó el recurso de reposición presentado por el quejoso, el cual fue considerado improcedente.
El concejal del Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS), Andrés Felipe Ubaque Bustos no logró el amparo de las pretensiones que elevó en una queja radicada ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), en contra de su compañero del partido Alianza Social Independiente, Frank Alexander Torres Sánchez, por un suceso ocurrido mientras que este último se desempañaba como presidente de la Corporación.
LOS HECHOS
El año pasado, en medio de una sesión en
el cabildo, se materializaron las diferencias entre estos dos concejales cuya
génesis no se ha podido establecer con claridad pero que desencadenó el
conjunto de hechos por los cuales Ubaque decidió quejarse ante la autoridad
electoral.
En síntesis, en la sesión en cuestión el
concejal Ubaque quiso referirse a algunos temas, pero en ese momento la
transmisión por medio de la fanpage de Facebook finalizó por lo que la
comunidad que estaba siguiendo la sesión no pudo ser receptora de las palabras
del concejal opositor, quien se pronunció en redes sociales, recibiendo
respuesta de Torres, quien en uno de los comentarios lo describió como
“bojote”.
Ante esto, el concejal del Mais consideró que se le habían vulnerado los derechos a la oposición enmarcados en la Ley 1909 de 2021 frente
a la Garantía del libre ejercicio de los derechos políticos y a los principios
de la Ley como el Principio democrático, la Participación política efectiva, Libertad
de pensamiento y opiniones, el Pluralismo político y la Diversidad étnica.
Por lo anterior, el accionante solicitó al
CNE que declarara que el presidente del Concejo Municipal de Facatativá vulneró
sus derechos y en consecuencia protegiera el derecho de oposición de garantías
del libre ejercicio de los derechos políticos citados promoviendo por parte del
CNE el ordenar a la Corporación que en lo sucesivo promueva garantías y
mecanismos de acciones afirmativas para los partidos y movimientos.
TRAMITE DE DOS INSTANCIAS
En primera instancia, el tribunal amparó
el derecho fundamental de oposición política a favor de Ubaque vulnerado por Torres
en su condición de presidente y se conminó a la Mesa Directiva del Concejo para
que lo sucesivo vele por la transmisión íntegra de las sesiones ordinarias y
extraordinarias a través de las diferentes cuentas que posean redes sociales y
plataformas de comunicación.
De igual manera, indicó el CNE que, excepcionalmente, cuando por problemas técnicos no pueda transmitirse de forma integra la sesión
del Concejo, por alguna de las redes sociales o plataformas, la Mesa Directiva debe
velar porque el contenido de la sesión quede grabado y sea subido a la
plataforma por la que no se transmitió íntegramente la sesión, inmediatamente
después de superada la falla técnica u otra circunstancia de caso fortuito o
fuerza mayor, que en todo caso deberá quedar acreditada.
Además, se previno a las partes para
que en lo sucesivo observen trato digno y respetuoso entre ellas y les advirtió
que el incumplimiento de lo ordenado será sancionado con la imposición de
multas de hasta 1000 salarios mínimos.
Sin embargo, para el tribunal el
apelativo utilizado por Torres y el escenario en el que se lo emitió no
configura ningún tipo de vulneración a los derechos a la oposición de Ubaque,
lo cual no fue compartido por éste último, quien procedió a interponer un
recurso de apelación indicando que en su concepto el hecho de que Torres en su
calidad de presidente lo hubiera llamado “bojote” violaba sus derechos y que lo
decidido en primera instancia no lo resarcía ni lo reparaba.
En ese entendido, el concejal instó al
CNE para que se tomaran medidas efectivas para proteger sus derechos publicando
la intervención completa que no fue transmitida que incluyera una nota de
disculpas y aclaratoria de que se hace el amparo del CNE, así como que se
transmitiera en vivo una declaración de Ubaque para repetir lo que estaba
exponiendo cuando se cortó la transmisión, se ofreciera una disculpa por parte
del Concejo al opositor y se le ampararan todos los derechos vulnerados tomando
medidas de reparación efectivas.
En la segunda instancia, los magistrados
consideraron que en este aspecto no se había afectado el derecho fundamental y recordaron que
ya estaba probado que la descalificación de Torres se hizo desde su perfil
privado en la red social y como respuesta al pronunciamiento de Ubaque, “evitando
con ello que la expresión se entendiera hecha por la Corporación municipal y se
materializó en el perfil de Ubaque Bustos quien tiene la potestad de determinar
quién puede comentar o responder sus publicaciones”, dice la resolución.
Pero además, el tribunal identificó que
en su recurso Ubaque estaba solicitando nuevas determinaciones y, basándose en
documentos jurisprudenciales, concluyó que “no puede la Sala en este punto
estudiar las nuevas pretensiones aducidas por el accionante, so pena de
afectarse el derecho fundamental al debido proceso del accionado”.
Así las cosas, lo peticionado en el
recurso fue negado y en consecuencia se confirmó lo decidido en la primera
instancia, se declaró que ya no proceden más recursos y se ordenó el archivo
del expediente.
REACCIONES NATURALES
Al ser consultado por la decisión
definitiva del tribunal, Ubaque Bustos pretendió violar el derecho a guardar el
derecho del secreto profesional al periodista al suponer de dónde se había
obtenido la información, y al ser contextualizado y solicitársele respeto
expresó que se “insultaba su inteligencia”.
Además, adujo las diferencias con Torres debido a que él, Ubaque, ha sido un concejal valiente al, entre otras cosas, haberse declarado en Oposición a este gobierno que calificó de "terrible" y prometió mostrar documentos, pero solo envío el pantallazo, invitó al periodista a ver unos documentos en su oficina pero luego prefirió continuar la conversación por chat queriendo tocar temas diferentes para los cuales fue consultado.
El concejal del Mais se mostró
insatisfecho e indicó que el concejal Torres no respondía sus denuncias sino
que ponía al asesor jurídico de la Corporación a hacerlo lo cual Alirio
Bautista, el señalado, rechazó tajantemente indicando que cuando la situación y
posterior denuncia se presentó, él no hacía parte del Concejo.
El opositor señaló que Torres no sabe
interpretar las sentencias y que se cree perfecto para poderse burlar de los
demás, lo cual consideró “denigrante” y más siendo la víctima un compañero del
cabildo en razón a la falta de argumentos.
Por su parte, Torres indicó que él mismo
respondió al CNE y que éste determinó en segunda instancia la intención
arbitraria de Ubaque cuando en el recurso de reposición intentó violar el
debido proceso, pidiendo más de lo inicialmente solicitado, además de señalar
el desconocimiento de las competencias y limitaciones de las diferentes
entidades por parte del opositor quien a juicio de Torres se victimizó luego de que lo atacara en
Facebook.
“Yo me siento tranquilo porque sé que he sabido respetar los escenarios, tengo derecho a formarme una idea de las demás personas y, aunque hasta cierto punto me dejé llevar, no fue un acto premeditado sino del calor del momento, lo cual he procurado no se vuelva a presentar”, puntualizó el ex presidente.
0 Comentarios
El Observador Siglo XXI no se hace responsable por el contenido de los comentarios. Este es un espacio de libre opinión, amablemente solicitamos por favor compartirla con respeto.